La Corte Suprema de Brasil despenalizó este martes el porte, cultivo y consumo de marihuana para uso personal, con lo que será considerado como un acto ilícito de naturaleza administrativa.
La mayoría se alcanzó tras anunciarse el voto favorable del juez José Antonio Dias Toffoli. Al final, 8 de un total de 11 magistrados del STF se pronunciaron a favor y tres en contra de la despenalización.
Barroso especificó, no obstante, que se mantiene "la prohibición del consumo en lugares públicos".
La legislación actual, que data de 2006, castiga a quien "adquiera, guarde, transporte o lleve consigo para uso personal drogas sin autorización", incluida la marihuana.
Si bien las penas son leves para los consumidores -prestar servicios comunitarios o participar en un programa educativo-, la ley deja a criterio de los jueces determinar si el portador es usuario o traficante. Este último debe hacer frente a duras penas de prisión.
De acuerdo con la resolución, la Policía deberá “justificar exhaustivamente” sus motivos para descartar la presunción de que una persona tenga marihuana solo para su consumo. En otro escenario, alguien que sea encontrado con más de 40 gramos de cannabis podría evitar ser sancionado por la vía penal si aporta pruebas de que únicamente es consumidor.
El STF subrayó que desalienta el consumo de drogas y que su decisión no implica una legalización, sino un ajuste de criterios que busca mejorar el combate al narcotráfico y la atención de las personas con adicciones.
Luís Roberto Barroso, ministro presidente del STF, dijo durante la sesión del miércoles: “Estamos debatiendo cuál es la mejor manera de abordar este problema y minimizar sus consecuencias para la sociedad. Y descubrimos que el hecho de no fijar una cantidad distintiva ha sido una mala política pública”.
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