La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió un recurso de protección presentado por el equipo jurídico del Hospital Base San José de Osorno, en contra de los padres de una recién nacida que, argumentando supuestas razones religiosas, se negaron a vacunar a su hija.
La lactante debe acceder a la vacuna obligatoria BCG que protege contra la tuberculosis en todas sus variantes y la vacuna HBV, que protege de la infección crónica con el virus de la hepatitis, que están incluidas en el plan nacional de inmunización del Ministerio de Salud.
En un fallo unánime, los magistrados acogieron el recurso y manifestaron que "la anterior argumentación se fortalece, en los casos de vacunación obligatoria, porque la medida beneficia no solo al sujeto que se vacuna, sino al conjunto de la población".
La corte razona que la negativa de los padres a vacunar a su hija recién nacida “no resulta arbitraria, en el sentido que no se funda en un mero capricho, sino que se aloja en una convicción razonada respecto de lo que ellos creen es lo mejor para sus hijos, al menos respecto de la vacuna BCG”.
Por lo tanto, “se autoriza al referido hospital para proceder a la vacunación de la lactante, debiendo los padres proceder en consecuencia con las políticas públicas estatales, bajo apercibimiento de ser sancionados con algunas de las medidas contempladas en el numeral 15° del Auto Acordado que regula la materia”, cierra el texto dado a conocer este viernes por el Poder Judicial.
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