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SELLOS DE ADVERTENCIA EN BEBIDAS ALCOHÓLICAS ENTRARÁN EN VIGENCIA EL 2024

A mediados de julio de 2024 entrará en vigencia el reglamento que ordena la utilización de “sellos negros” en las bebidas alcohólicas que sean vendidas en el país.


El nuevo reglamento que establece las normas para la comercialización y publicidad de bebidas alcohólicas traerá consigo la incorporación de sellos de advertencia sobre los efectos y riesgos del consumo de estos productos.


En concreto la normativa establece "las características y condiciones a las que deberán ceñirse las bebidas alcohólicas destinadas a comercializarse en Chile, en lo que se refiere a las advertencias sobre las consecuencias de su consumo nocivo y grupos de riesgo en los cuales el consumo de alcoholes es perjudicial, y la información sobre su valor energético que debe incluirse en su rotulación".


De acuerdo a la ley, las bebidas alcohólicas igual o mayor a 0.5 grados y que se encuentran comercializadas en Chile, deberán contener las siguientes etiquetas, conforme al nuevo reglamento:

  • “No beber al conducir” (con un dibujo tachado de un automóvil).

  • “Riesgo para tu bebé” (con un dibujo tachado de una mujer embarazada bebiendo).

  • “No beber menores de 18 años” (con un dibujo tachado que indica “-18″).

Además, cada producto tendrá la frase “el consumo nocivo de alcohol daña tu salud”.

De acuerdo al reglamento sobre los etiquetados en las bebidas alcohólicas, los sellos y gráficas entrarán en vigencia un año después de la publicación en el Diario Oficial, es decir, en 2024.


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